Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) fueron en su momento una manera de ayudar a las PYMES y a los trabajadores para poder bandear la crisis del COVID-19 que de forma inminente se cernió sobre la realidad económica española. Una gran cantidad de empresas recurrieron a esta solución para poder dar continuidad a sus negocios y millones de trabajadores se vieron afectados. Recién, se está regresando a la normalidad, lentamente y aún con impagos por parte del SEPE debido a su desbordamiento. Sin embargo, es necesario conocer como los ERTEs pueden afectar a los trabajadores que lo han percibido en relación a sus declaraciones de la renta del año que viene,pues pueden llevarse alguna sorpresa desagradable.

Por tanto,los ERTEs traerán un impacto fiscal del que poco se ha hablado y que si te has visto afectado por él, deberás tener en cuenta en el momento de presentar la declaración de la renta en el 2020.

Los ERTES y el Servicio Público de Empleo Estatal

Los trabajadores reciben la prestación por desempleo por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y hay que declararlo. El motivo es que el SEPE se consideraría un pagador a efectos fiscales, como podría ser la empresa para la que trabajes o un cliente más.

Además, los contribuyentes que perciban ingresos inferiores a 14000 euros estarán obligados a presentar la declaración, precisamente porque esta cuestión de los dos pagadores.

Hay que tener en cuenta que la retención que aplica el SEPE de carácter general es del 2 por ciento, el mínimo que se puede aplicar un pagador. Esto hará que cuando se deba presentar la declaración, el importe que resulte será posiblemente inferior al que le correspondería pagar al contribuyente, y por tanto, le acabará saliendo a pagar quizá demás.

¿Qué podemos hacer este año de cara al año que viene?

Si te has visto afectado por un ERTE, la declaración de la renta que se presente el 2021, y que contempla el ejercicio 2020, podría salirte a pagar (demás) si no tienes en cuenta estas opciones que te proponemos:

  • Solicitar al SEPE que aumente tu retención. Se debería solicitar por escrito cinco días antes de terminar el mes anterior al cobro de la nómina. Este se mantendrá hasta el final del año, siempre y cuando no se renuncie por escrito o no se solicite una retención mayor.

 

  • También, podrías aplicar algunas de las deducciones fijadas en la Ley como: aportaciones a planes de pensiones o desgravación por vivienda habitual (en qué casos).

 

Aunque, si quieres ganar tranquilidad, puedes contar con nuestros servicios de presentación de la Declaración de la Renta para el año que viene. Son muchos los años de experiencia elaborando declaraciones de la renta y tanto si has sido afectado por un ERTE como por cualquier otra eventualidad, te asesoraremos con rigor y profesionalidad.  Envíanos un correo o déjanos un mensaje si quieres que te avisemos el año que viene cuando comencemos la campaña de la renta del año 2020 el año que viene. Te informaremos de sus precios sin ningún tipo de compromiso y te asesoraremos la mejor fórmula para tu caso concreto.

 

 

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